Tratado de 1866
En el tratado de 1866 se fija como línea divisoria el paralelo 24 del mar a los Andes; y además se convenía en la repartición por mitad entre ambos países de los impuestos provenientes de la exportación del guano descubierto y por descubrir entre los grados 23 y 25, como también los derechos de exportación que se percibiesen de los minerales extraídos en la misma zona.
Es un segundo tratado entre chileno-boliviano que dejó sin efecto el anterior. Por él se mantuvo como límite el paralelo 24. La renuncia de Chile a sus derechos soberanos al norte de esta línea quedó, sin embargo, compensada en el artículo 4°, con el compromiso que contrajo Bolivia, por el término de 25 años, de que “las personas, industrias y capitales chilenos situados en la zona cedida por Chile al norte del paralelo 24, no quedarían sujetos a más contribuciones, de cualquier clase que sean, que a las que al presente existen”.
Sin embargo, el incumplimiento por Bolivia de no subir los impuestos a la exportación salitrera de las empresas chilenas ubicadas entre el paralelo 23º y 24º durante un plazo de 25 años echó por tierra el tratado de límites.
Tratado de 1904
El acuerdo zanjó los conflictos y fue el inicio de una nueva etapa en las relaciones chileno-bolivianas, que hasta hoy no están exentas de polémicas. El citado pacto sepultó las posibilidades de Bolivia de contar con territorios aledaños a la zona del océano Pacífico. Según el artículo 2 del tratado "que dan reconocidos de dominio absoluto y perpetuo de Chile los territorios ocupados por este en virtud del articulo 2 del pacto de tregua (...) el límite de sur a norte entre Chile y Bolivia será el que se expresa a continuación: de la cumbre más alta del cerro Zapaleri hasta el volcán Licancabur, de ahí sigue con dirección norte tocando las más altas cumbres hasta llegar a la frontera con Perú". En resumen, Chile asumiría el control absoluto de la provincia de Antofagasta.
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